SD. Rep Dom. 15/Dic/22
Estudié Leyes por dos años, hasta el año 2009, en la Universidad del Caribe. Una vez sin empleo, forzado a abandonar otra vez.
En una de las lecciones de Derecho Penal, me enseñaron los elementos constitutivos de la Violación de Domicilio, y son tres: 1-INTRODUCCIÓN A DOMICILIO AJENO. 2- SIN CONSENTIMIENTO DEL DUEÑO. O CON AMENAZA. O CON VIOLENCIA. 3- INTENCIÓN DELICTUOSA.
Ésto está contemplado en el artículo 184 del Código Penal de República Dominicana, vigente en el año 2000.
Las leyes cambian, y no sé si todavía hoy esté vigente. Sin embargo, dudo que haya alguna variación en los elementos constitutivos de este tipo penal.
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